Neto de una factura con IVA y retención
Escribe la base y los porcentajes. Verás el IVA, la retención, el total que aparece en la factura y lo que de verdad es tuyo una vez apartado el IVA.
- IVA repercutido
- 315,00 €
- Retención de IRPF
- 225,00 €
- Tuyo sin contar el IVA
- 1275,00 €
Es un borrador orientativo, no una presentación. Los importes reales dependen de tu situación y de tus libros. Revísalo con tu asesor antes de presentar nada.
Llévalo a tu cuenta de FiderCómo se usa
- Escribe la base imponible, el importe de tu trabajo sin impuestos.
- Pon el IVA que aplica: 21% general, 10% o 4% reducidos, 0% si está exento.
- Pon la retención si facturas a una empresa o a otro autónomo. Cero para particulares.
- El total es lo que debe pagarte el cliente. La retención la ingresa él en tu nombre.
La fórmula de una factura
Total = base + IVA - retención. El IVA se calcula sobre la base, la retención también. Un error habitual es calcular la retención sobre el total con IVA.
Qué pasa con la retención
No la pierdes. Tu cliente la ingresa en Hacienda a tu nombre con el modelo 111 y tú la descuentas en el modelo 130 y en la renta. Es un adelanto de tu IRPF.
Facturas en Fider
En la app la factura calcula IVA y retención sola, se marca como cobrada cuando entra el dinero y alimenta el borrador del 303 y del 130 del trimestre.
Cálculo para el caso general. Actividades exentas, recargo de equivalencia y operaciones con el extranjero tienen reglas propias.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo llevo retención?
Cuando facturas actividades profesionales a empresas o a otros autónomos. Actividades empresariales (epígrafes de empresa) no llevan retención.
¿Qué retención aplico?
15% en general. 7% durante el año de inicio y los dos siguientes si lo eliges. Determinadas actividades tienen tipos propios.
¿Y si mi cliente está fuera de España?
No hay retención. El IVA depende del país y del tipo de cliente; en operaciones intracomunitarias entre empresas suele ir sin IVA.
¿El IVA es mío?
No. Lo cobras y lo ingresas en el modelo 303, descontando el IVA de tus gastos.
¿Puedo facturar sin IVA?
Solo en actividades exentas (sanitarias, educativas, ciertos seguros) o cuando la operación no está sujeta. Si dudas, pregunta a tu asesor.