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Equipo Fider · 19 de mayo de 2026 · 7 min

Modelo 303 paso a paso con un ejemplo

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Tiene más de setenta casillas, pero un autónomo normal usa una docena. Aquí cogemos un trimestre real, lo pasamos por cada casilla y llegamos al número que se paga. Lo que sale es un borrador. La presentación la revisas con tu asesor o la haces tú en la Sede de la AEAT.

El trimestre de ejemplo

Una diseñadora en Madrid factura a empresas españolas. En el segundo trimestre emite facturas por 12.000 € de base imponible, todas al 21%. En gastos tiene 2.400 € de base al 21% (software, gestoría, equipo) y 300 € de base al 10% (comidas de trabajo con dieta justificada).

No tiene operaciones intracomunitarias ni con clientes extranjeros. No arrastra saldo a compensar del trimestre anterior. Es el caso más sencillo posible y aun así conviene verlo entero.

IVA devengado: casillas 07, 08 y 09

El bloque de IVA devengado tiene tres filas fijas: 4%, 10% y 21%. Cada fila lleva base, tipo y cuota. Nuestras ventas van todas a la fila del 21%.

Casilla 07 (base al 21%): 12.000,00 €. Casilla 08 (tipo): 21. Casilla 09 (cuota): 2.520,00 €.

Si hubiera ventas al 10%, irían a las casillas 04, 05 y 06. Al 4%, a la 01, 02 y 03. Un error clásico es poner una venta al 21% en la fila del 4% porque es la primera que aparece.

Casilla 27 (total cuota devengada): 2.520,00 €.

IVA deducible: casillas 28 y 29

Las cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes van juntas, sin separar por tipo. La casilla 28 recoge la suma de bases y la 29 la suma de cuotas.

Bases: 2.400 € al 21% más 300 € al 10%. Casilla 28: 2.700,00 €.

Cuotas: 2.400 × 21% = 504,00 €, más 300 × 10% = 30,00 €. Casilla 29: 534,00 €.

Si hubiera comprado un bien de inversión (un ordenador de más de 3.005 €, por ejemplo), iría en las casillas 30 y 31, no en las 28 y 29.

Casilla 45 (total a deducir): 534,00 €.

Resultado: casillas 46, 64, 69 y 71

Casilla 46 (resultado régimen general): devengado menos deducible. 2.520,00 − 534,00 = 1.986,00 €.

Casilla 64 (suma de resultados): 1.986,00 €. Solo cambiaría si tuvieras régimen simplificado, que no es el caso.

Casilla 67 (cuotas a compensar de periodos anteriores): 0,00 €. Si el trimestre anterior te salió negativo y no pediste devolución, ese importe se pone aquí y resta.

Casilla 69 (resultado): 1.986,00 €.

Casilla 71 (resultado de la liquidación): 1.986,00 €. Es lo que pagas entre el 1 y el 20 de julio.

Qué pasa si sale negativo

Si el IVA soportado supera al devengado, la casilla 71 es negativa. En los tres primeros trimestres solo puedes marcar 'a compensar': el saldo pasa al siguiente 303 en la casilla 67.

En el cuarto trimestre puedes pedir la devolución. Hacienda tiene seis meses para devolverlo y suele comprobar antes de pagar, así que conviene tener los libros al día.

Los errores que más se repiten

  • Poner el total de la factura, con IVA, en la casilla de base. La base es sin IVA.
  • Deducir el IVA de un gasto sin factura completa. Con tique no se deduce.
  • Deducir el 100% del IVA del coche. La presunción legal es el 50%.
  • Olvidar la casilla 67 con el saldo negativo del trimestre anterior. Pagas de más.
  • Confundir el 303 con el 130. El 303 es IVA. El 130 es el pago a cuenta del IRPF.

Cómo sale este borrador en Fider

Fider agrupa tus ingresos y gastos del trimestre por tipo de IVA, aplica a cada gasto su porcentaje deducible y rellena las mismas casillas de este ejemplo. Lo que ves es un borrador con el aviso de que lo revises con tu asesor. Fider no presenta modelos ante la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 si no he facturado nada?

Sí. Mientras estés de alta en una actividad sujeta a IVA, presentas el 303 cada trimestre aunque sea sin actividad, marcando la casilla correspondiente.

¿Dónde van las facturas a clientes de la UE?

Una prestación de servicios a una empresa de la UE con NIF-IVA válido va sin IVA a la casilla 59 y además al modelo 349. No entra en las casillas 07 a 09.

¿Puedo deducir IVA de facturas de trimestres anteriores?

Sí, dentro de los cuatro años siguientes. Una factura de gasto de marzo que olvidaste puede deducirse en el 303 de julio.

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